jueves, 23 de junio de 2016

"GRATI" EN JULIO: ¿A QUIÉNES LES CORRESPONDE Y CUÁNTO?

Los empleadores tendrán plazo hasta el próximo 15 de julio para depositar las gratificaciones por Fiestas Patrias, que deberán ser entregadas a todos los trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial que hayan laborado por lo menos un mes en las respectivas empresas.
¿CÓMO SE CALCULAN LAS GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS?
La gratificación por Fiestas Patrias equivaldrá a una remuneración íntegra siempre y cuando el trabajador haya laborado durante los primeros seis meses del año y se reducirá proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios es menor. Cabe resaltar que se considera como tiempo efectivamente laborado el descanso vacacional, licencias con goce de remuneraciones, descansos por accidente de trabajo remunerado o subsidiado, entre otros.
¿HAY ALGÚN TRIBUTO QUE APLIQUE SOBRE LAS GRATIFICACIONES?
Las gratificaciones quedan inafectas de aportes, contribuciones y descuentos, con lo cual no se aplicarán sobre las gratificaciones los aportes a fondos pensionarios (AFP/SNP), Essalud, entre otros.
Sin embargo, sí se le aplican a este monto el Impuesto a la Renta de Quinta Categoría (IR5ta), los descuentos autorizados por el trabajador y los descuentos judiciales (como los de alimentos o deudas civiles o comerciales).
¿ES POSIBLE REALIZAR DESCUENTOS A LAS GRATIFICACIONES?
Bajo ninguna circunstancia el empleador puede efectuar descuento alguno salvo que se trate del impuesto a la renta, exista un mandato judicial (juicio por alimentos) o la autorización escrita del trabajador.
¿QUÉ OCURRE CON LOS TRABAJADORES QUE PERCIBEN SU REMUNERACIÓN EN FORMA INTEGRAL ANUAL?
Aquellos trabajadores que han acordado con su empleador que su remuneración se abone de manera integral anual, no tienen derecho a una remuneración adicional por concepto de gratificación por Fiestas Patrias pues la misma se viene abonando en forma mensual conjuntamente con la remuneración básica.
¿LOS SERVIDORES PÚBLICOS TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN?
Sí. El monto del aguinaldo asciende a S/300 y tampoco se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Este beneficio incluye a los trabajadores bajo el régimen CAS (Contrato Administrativo de Servicios).
¿CUÁL ES EL EFECTO DE NO PAGAR LA GRATIFICACIÓN?
Los empleadores que no paguen las gratificaciones recibirán una multa por la SUNAFIL que puede ascender hasta S/197.500.

Fuente: Diario El Comercio.


miércoles, 15 de junio de 2016

RETOS LABORALES DEL PRÓXIMO GOBIERNO

El nuevo gobierno debe trabajar intensamente con el 80% de la PEA, donde está enquistada la informalidad.
Tasa de desempleo de 3%, índice de formalidad del 80%, alta productividad, subempleo del 10% y cobertura social al 90%. Así quisiéramos llegar al bicentenario.
Desde el 28 de julio comenzaremos un quinquenio que terminará en el bicentenario. Junto a la salud, educación y seguridad, la situación del empleo en el Perú amerita urgente y relevante actuación del Estado. Lo dicen las cifras. Lo dicen los organismos nacionales e internacionales. Lo dicen las encuestas.
La solución no está en concentrar la regulación, en más inspecciones, la CTS, los sindicatos, una ley general del trabajo o la estabilidad laboral. Estas iniciativas solo comprenden a las medianas y grandes empresas que no superan al 20% de la PEA y donde la regla es la inclusión en planillas, hay salud y pensiones (inclusive, seguro médico privado), son los centros laborales más inspeccionados, hay sindicatos, los trabajadores tienen acceso a asesoría legal pública o privada, etcétera.
El nuevo gobierno debe trabajar intensamente en el otro 80% de la PEA, donde están los informales, las microempresas, los subempleados y los independientes. Este grupo no solo congrega a la inmensa mayoría de peruanos, sino que son los que requieren de inmediata atención. En este grupo no hay “seguro” (ni salud ni pensiones, solo el SIS del Estado que tienen sus naturales limitaciones), no existe ingresos fijos y, si los hay, son bajos, hay poca productividad, se vive de la informalidad.
La PEA peruana no presenta alto desempleo. No tiene seguro ni beneficios sociales, no tiene ingresos regulares ni adecuados. Todo peruano debe estar asegurado. Todo peruano debe tener acceso a capacitación y reconversión laboral. Estas deben ser las metas laborales del bicentenario.

Fuente: Diario El Comercio.


martes, 14 de junio de 2016

LICENCIA LABORAL DE PATERNIDAD SE ELEVARÍA DE 4 A 15 DÍAS

MIMP enviará propuesta al Congreso de la República en los próximos días para que padres pasen más tiempo con recién nacidos.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) informó que propondrá ampliar el tiempo de licencia laboral por paternidad de 4 a 15 días naturales, con el objetivo de que los padres se involucren en la crianza de sus hijos.
La directora de Fortalecimiento de las Familias del MIMP, Adriana Aguilar, dijo que se trata de un derecho del padre, pero también de los hijos. "Ese mayor tiempo servirá para que participen en el cuidado de los niños y no debe ser considerado como un gasto inútil, sino como una inversión para la sociedad y el fortalecimiento de las familias", manifestó.
Asimismo, dio a conocer que la dirección a su cargo ya elaboró la propuesta que debe ser enviada por el Ministerio al Congreso de la República en los próximos días.
Anotó que "es importante que más hombres asuman una paternidad responsable, para acortar las brechas de género que existen en nuestro país". Las declaraciones las realizó durante el lanzamiento del Mes de las Paternidades Afectivas y Corresponsables que se realizó en la sede del MIMP.
Por su parte, Jaikel Rodriguez, secretario técnico de la Plataforma de Paternidades del MIMP, sostuvo que está comprobado que la cantidad de horas que un padre dedica al cuidado de sus hijos es mucho menor en comparación con el tiempo que las madres pasan acompañando a los niños.

Fuente: Diario El Comercio.



lunes, 13 de junio de 2016

¿CÓMO SABER SI EL SUELDO QUE PERCIBE ESTÁ ACORDE AL PROMEDIO DEL MERCADO?

Los aumentos no se dan por el tiempo que uno está en la empresa sino por el valor que se agrega a esta.
Los aumentos no se dan por el tiempo que uno está en la empresa sino por el valor que se agrega a esta. En un mercado laboral tan competitivo como el peruano, los salarios para una misma posición pueden variar significativamente de una empresa a otra, razón por la cual es frecuente que los profesionales se pregunten si la remuneración que reciben está acorde a su cargo en la organización para la que trabajan.
Si eres una de esas personas que tienen esa interrogante, se recomienda realizar las siguientes acciones de manera objetiva:
• Benchmarking. Se trata de realizar una comparación con posiciones similares en compañías de la misma categoría de la organización que lo emplea. Hay que considerar el tamaño de la empresa, rubro, número de empleados, su facturación y rentabilidad, así identificará la remuneración promedio del mercado para el puesto que ocupa.
• Autoevaluación. Defina el aporte que ha hecho a la empresa, si se ha generado ahorros, si ha realizado proyectos importantes y los logros que obtuvo, las ideas que aportó y el impacto que generaron, si posee competencias y conocimientos que otros no tienen y que son muy relevantes para la empresa y el puesto. Así sabrá si realmente usted es un activo para la organización y merece recibir un incremento de sueldo o algunos otros beneficios.
• Plantear el tema salarial. Si luego de los dos pasos anteriores descubre que su salario es menor al promedio, plantee la situación a su empleador mediante una conversación cordial enfocada en principio en los aspectos positivos que encuentre de trabajar en la organización, sus ganas de continuar en esta y los logros obtenidos durante su permanencia con datos cuantificables.
• Negociar inteligentemente. La idea de solicitar un aumento es negociar con la empresa sin que ninguna de las partes se vea en una situación complicada a fin de no maltratar la relación. Lo ideal es que luego de lo mencionado en el punto anterior se pueda solicitar un aumento en los próximos meses, negociando plazos entre ambas partes de manera que todos ganen.
• Tiempo de partir. Si a pesar de los buenos logros demostrados y tras un tiempo prudencial el aumento no se da, probablemente debería buscar otro empleo en donde además de obtener una mejora salarial, podría ocupar una mejor posición.

Fuente: Diario Gestión.


viernes, 10 de junio de 2016

PLAZO PARA IMPLEMENTAR LACTARIOS

Este 16 de junio vence el plazo que tienen las empresas donde laboren 20 o más mujeres en edad fértil (15 a 49 años de edad) para implementar un lactario donde quienes son madres puedan extraer su leche materna.

El Estado ha determinado que estos lactarios deben ser ambientes especialmente acondicionados y dignos, y que aseguren una adecuada conservación de la leche.

Las características y los requerimientos básicos para la implementación del lactario y su funcionamiento óptimo son las siguientes:

Área: es el espacio físico para habilitar el servicio, el cual debe tener un mínimo de 10 metros cuadrados.
• Privacidad: deberá contar en su interior con elementos que permitan brindar la privacidad necesaria, tales como cortinas o persianas, biombos, separadores de ambientes, entre otros.
Comodidad: debe contarse con elementos mínimos tales como: mesas, sillas o sillones con abrazaderas, dispensadores de papel toalla, dispensadores de jabón líquido, depósitos con tapa para desechos, entre otros elementos, que brinden bienestar y comodidad.
Refrigeradora: deberá contar con una refrigeradora o frigobar en buen estado de conservación y funcionamiento para la conservación exclusiva de la leche materna.
Accesibilidad: deberá implementarse teniendo en cuenta las medidas de accesibilidad para toda madre, incluidas aquellas con discapacidad, conforme con la normativa vigente, en un lugar de fácil y rápido acceso para las usuarias, de preferencia en el primer o segundo piso de la institución; en caso se disponga de ascensor, podrá ubicarse en pisos superiores.
Lavabo o dispensador de agua potable: debe contar con un lavabo propio, o dispensador de agua potable y demás utensilios de aseo que permitan el lavado de manos, a fin de garantizar la higiene durante el proceso de extracción de la leche materna.

En el caso de las madres, ellas tendrán el derecho de usar el lactario al menos una hora por día durante el horario de trabajo y hasta que el bebe cumpla dos años.

Las empresas que tienen menos de 20 trabajadores mujeres, no están obligadas, pero pueden hacerlo. Así mismo, no es obligatorio para las madres utilizar el lactario. La hora destinada a estos fines podría no ser remunerada ya que no se ha legislado sobre ese punto.




Fuente: Diario el Comercio.